¿Qué son los programas de Iniciación Profesional?
Son programas que se realizan para ampliar la formación de los alumnos que no han superado la Enseñanza Secundaria Obligatoria (E.S.O)
En el I.E.S. Mediterráneo se puede cursar el Programa de Iniciación Profesional de Ofimática, programa perteneciente a la Modalidad de Iniciación Profesional Específica.
Destinatarios
Se podrán incorporar a estos programas los jóvenes menores de veintiún años que, al menos, cumplan los dieciséis años en el año natural en que inician el programa.
Tendrán preferencia los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria ni posean titulación alguna de Formación Profesional.
Cuando existan vacantes podrán incorporarse jóvenes que posean el Titulo de Graduado en Educación Secundaria.
Excepcionalmente, para los alumnos con necesidades educativas especiales, y siempre que existan vacantes, se amplía a veintitrés años la edad de incorporación siempre que los cumplan en el año natural en el que inician el programa.
Además de los requisitos anteriores, los jóvenes que deseen acceder a los Programas de Iniciación Profesional deberán cumplir las condiciones exigibles para cada una de las modalidades.
Finalidad y objetivos de los programas
La finalidad de los Programas de Iniciación Profesional es proporcionar una formación básica y profesional que permita a los alumnos que los cursen incorporarse a la vida activa, a través de la competencia y cualificación profesional adecuada, o proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas y, especialmente, en la Formación Profesional Específica de grado medio.
De acuerdo con esta finalidad, los Programas de Iniciación Profesional se orientarán a la consecución de los siguientes objetivos:
a) Ampliar la formación de los alumnos, en orden a la adquisición de capacidades propias de la enseñanza básica, con el objeto de permitir su incorporación a la vida activa y, en su caso, proseguir estudios, especialmente en la formación profesional específica de grado medio.
b) Prepararles para el ejercicio de actividades profesionales, en oficios u ocupaciones acordes con sus capacidades y expectativas personales.
c) Desarrollar y afianzar su madurez personal, mediante la adquisición de hábitos y capacidades que les permitan participar, como trabajadores y ciudadanos responsables, en el trabajo y en la actividad social y cultural.
Duración
La duración de los programas será variable, en función del momento y niveles de acceso de los alumnos, de sus expectativas y de la modalidad. En todo caso, estará comprendida entre un mínimo de novecientas horas para un curso escolar y un máximo de mil ochocientas horas para la modalidad que requiera dos cursos.
Estructura
Los Programas de Iniciación Profesional tendrán la siguiente estructura, para un total de horas lectivas semanales comprendido entre veintiséis y treinta:
a) Área de Formación Profesional Específica: entre quince y dieciocho horas semanales. Tendrá por finalidad preparar a los alumnos para la incorporación a la vida activa en el desempeño de puestos de trabajo que no requieran el título de Técnico correspondiente a los Ciclos Formativos de Grado Medio y comprenderá las actividades prácticas y los conocimientos necesarios para adquirir las capacidades correspondientes. Con el fin de facilitar la acreditación y, en su caso, la convalidación con la formación profesional de otros tipos de oferta, sus contenidos se organizarán adoptando una estructura modular. En ningún caso el número total de horas por curso será inferior a cuatrocientas cincuenta horas.
b) Área de Formación y Orientación Laboral: entre dos y tres horas semanales. Estará encaminada a familiarizar al alumno con el marco legal de las condiciones de trabajo y de las relaciones laborales del ámbito profesional de que se trate, y a dotarle de los recursos y de la orientación necesaria para la búsqueda de un puesto de trabajo y para el autoempleo.
c) Área de Formación Básica: entre seis y nueve horas semanales. Tendrá por finalidad ofrecer a los alumnos la posibilidad de adquirir o afianzar los conocimientos y capacidades generales básicos, relacionados con los objetivos y contenidos de la enseñanza obligatoria, que son necesarios para conseguir su inserción social y laboral satisfactoria y, en su caso, para la continuación de sus estudios, especialmente en los Ciclos Formativos de Grado Medio. Igualmente para los alumnos inmigrantes se atenderán las necesidades de idioma castellano, los mecanismos de conjunción entre su cultura de procedencia y las tradiciones y valores de la nueva cultura en la que van a integrarse. Sus contenidos y su metodología se adaptarán a las condiciones y expectativas particulares de cada alumno, en la medida que lo permita el régimen en que se imparta la correspondiente modalidad.
d) Actividades Complementarias: entre dos y tres horas semanales. Tendrán por objeto ofrecer al alumno la posibilidad de mantener actividades que, al tiempo que contribuyan a la consecución de las finalidades de los Programas de Iniciación Profesional, en cualquiera de sus Áreas, favorezcan la adquisición de hábitos positivos en relación con la estructuración del tiempo libre. Estas actividades se programarán en función de las características de cada grupo de alumnos y, siempre que sea posible, con su participación.
e) Tutoría: entre una y dos horas semanales. La acción tutorial constituye un elemento inherente a la actividad educativa y se desarrollará permanentemente a lo largo de todo el proceso formativo de los jóvenes. Dicha acción incluirá actividades concretas de grupo, en el horario establecido, con objetivos y contenidos que faciliten el desarrollo personal, especialmente en relación con aspectos tales como la autoestima y la motivación, la integración e implicación social y la adquisición de habilidades sociales y de autocontrol.
Como parte de los contenidos del Área de Formación Profesional Específica, dentro del horario que se le asigna, se promoverá que los alumnos realicen prácticas formativas en empresas o centros de trabajo relacionados con el perfil profesional que estén cursando. En todo caso, las prácticas se desarrollarán de acuerdo con la normativa que al efecto se establezca.
Con carácter general, desde los Centros Docentes, se potenciara la Inserción Laboral de sus alumnos a través de Contratos de Formación.
Cuando el programa de Iniciación Profesional incorpore la realización de un trabajo productivo relacionado con el ámbito profesional del mismo, dicho trabajo se considerará parte del programa a efectos de formación. El tiempo de formación de cada uno de los cinco componentes formativos se concretará en función de los objetivos alcanzados hasta el momento de la contratación.
Evaluación
La evaluación de los alumnos que participen en los Programas de Iniciación Profesional será continua y se hará tomando como referencia los objetivos establecidos por el equipo educativo en las programaciones didácticas así como el grado de madurez alcanzado en relación con los objetivos indicados anteriormente.
La evaluación de las Áreas de Formación Básica, Formación y Orientación Laboral, Actividades Complementarias y de los módulos que constituyen el Área de Formación Profesional Específica, se expresará en términos de calificaciones mediante una escala numérica de uno a diez, sin decimales, considerándose positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco.
La certificación por prácticas formativas en los casos en que constituya una parte del Área de Formación Profesional Específica, se expresará en términos de calificaciones mediante una escala numérica de uno a diez, sin decimales, considerándose positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco.
Al finalizar un programa el alumno recibirá un informe sobre su futuro académico y profesional, cuyo contenido tendrá carácter confidencial y orientativo.
Certificación
El alumno que haya cursado un programa de Iniciación Profesional recibirá un certificado académico expedido por el Centro. En dicha certificación se harán constar el número total de horas cursadas en cada uno de los componentes formativos y las calificaciones obtenidas en las Áreas de Formación Básica, de Formación y Orientación Laboral, Actividades Complementarias y en cada uno de los módulos del Área de Formación Profesional Específica.
Asimismo, se reflejará, cuando proceda, el número de horas de prácticas formativas realizadas en empresas o el tiempo de contratación.
Las calificaciones se tendrán en cuenta en la evaluación de la prueba de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio prevista en el artículo 32.2 de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.
Modalidad de Iniciación Profesional Específica.
La finalidad prioritaria de esta modalidad es la de posibilitar a los alumnos proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y, especialmente, en los Ciclos Formativos de Grado Medio, a través del procedimiento establecido en su artículo 32. l. 2.
Podrán acceder a esta modalidad jóvenes, con los requisitos indicados más arriba (menores de 21 años que, al menos, cumplan los 16 años en el año natural en que inician el programa), aunque preferentemente se matriculará alumnado de edades comprendidas entre los 16 y 18 años y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Alumnos escolarizados en Educación Secundaria Obligatoria que, habiendo cursado un programa de Diversificación Curricular, a juicio del equipo educativo que los atiende, no estén en condiciones de alcanzar los objetivos de la etapa por esa vía.
b) Alumnos escolarizados que no hayan accedido a un programa de Diversificación Curricular y se encuentren, a juicio del equipo educativo y asesorados por el Departamento de Orientación, en grave riesgo de abandono escolar.
c) Excepcionalmente, jóvenes desescolarizados que muestren interés en proseguir sus estudios en el ámbito escolar. Tendrán consideración de escolarizados los alumnos que en el curso anterior al de su incorporación al programa de Iniciación Profesional hayan estado inscritos en alguna modalidad de enseñanza reglada y hayan sido objeto de evaluación final.
El acceso de los alumnos escolarizados se realizará a propuesta del equipo educativo correspondiente, con un informe motivado del Departamento de Orientación. Asimismo, serán oídos el alumno y sus padres o tutores, quedando constancia de la aceptación del interesado o, si éste es menor de edad, de la de sus padres o tutores.
La Dirección General de Formación Profesional, Innovación y Atención a la Diversidad, recabada toda la información anterior y asesorada por la Inspección Educativa, en su caso, es la encargada de emitir la correspondiente autorización o denegación del acceso del alumnado al programa.
Los programas acogidos a esta modalidad se plantean para ser impartidos y poder alcanzar los objetivos, de todos sus componentes, en un curso académico.
Siempre que existan plazas disponibles, la matriculación de alumnos en el grupo permanecerá abierta durante el primer trimestre del curso escolar. Fuera del plazo de matriculación, la incorporación de un nuevo alumno se autorizara, previa presentación de la solicitud y de toda la documentación aportada, por la Dirección General de Formación Profesional, innovación y Atención a la Diversidad.
Los alumnos que cursen un programa de esta modalidad y no alcancen los objetivos previstos, podrán permanecer en él hasta un año más en las condiciones que se establezcan.
La distribución horaria de los diferentes componentes del programa, para un total de veintiocho a treinta horas lectivas semanales, en horario de lunes a viernes ambos inclusive, es la siguiente:
Área de Formación Profesional Específica: Quince o dieciséis horas.
Área de Formación y Orientación Laboral: Dos horas.
Área de Formación Básica: Ocho o nueve horas.
Actividades Complementarias: Dos horas. Tutoría: Una o dos horas.
Formación de los grupos
Los programas se desarrollarán en grupos con un mínimo de diez alumnos y un máximo de quince, salvo que circunstancias derivadas de las necesidades de escolarización suficientemente justificadas aconsejen variar estos límites, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación y Atención a la Diversidad.
En esta modalidad de Iniciación Profesional Específica podrán integrarse en cada grupo, como máximo, tres alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad o que se encuentren en situación de desventaja social, debidamente acreditados a través de los informes emitidos por los Órganos competentes. En este caso, se rebajará el límite máximo en uno por cada alumno que se integre, respetándose siempre el mínimo de diez alumnos para la formación del grupo.
PROGRAMA DE INICIACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA OPERARIO DE OFIMÁTICA
Familia profesional: Administración
El operario de ofimática utiliza los equipos de comunicación y reproducción, especialmente el ordenador, manejando su teclado, así como las aplicaciones ofimáticas esenciales en el ámbito empresarial y de la Administración Pública.
Estas tareas serán realizadas bajo la supervisión de un técnico de mayor cualificación.
ACTIVIDADES MÁS SIGNIFICATIVAS.
Procesar la información manejando los dispositivos de entrada y salida de los equipos informáticos.
Transmisión de mensajes por fax, móden, teléfono, correo electrónico.
Atender y distribuir llamadas telefónicas y correo electrónico.
Realizar tareas de reproducción con los equipos habituales en la empresa.
Sustituir el material ofimático fungible.
Comunicar las necesidades de reposición de materiales, así como las incidencias que se produzcan en los distintos equipos.
MÓDULOS:
Modulo 1: Técnicas de Ofimática.
Modulo 2: Operatoria de teclados informatizadas.